¡OTRA NACIONALIDAD ESPAÑOLA OBTENIDA EN UN MES!.
!Tramitada en agosto de 2019 y fue concedida el 23 de septiembre de 2019!
¿ YO PUEDO TRAMITAR LA NACIONALIDAD? CÓMO?
En principio si cumples con los requisitos que exponemos podemos gestionar tu trámite de nacionalidad.
– ¿Cuántos años de residencia tengo que tener para poder solicitarla?
UN AÑO
El que haya nacido en territorio español.
El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles
– DOS AÑOS
Para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí
-CINCO AÑOS
Para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
¿Tengo que dar un examen?
Si, hay que dar dos exámenes, dependiendo de si se es o no hispano-hablante.
La prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). En el caso de hispanohablantes el DELE no se debe realizar.
Nosotros podemos ayudarte a matricularte o también puedes hacerlo en el siguiente link: https://examenes.cervantes.es/es/ccse/examen.
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¿Qué documentos tengo que presentar?
1. Modelo de solicitud normalizado En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line
2. Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión.
3. Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
4. Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.
5. Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o certificado consular de conducta expedido sobre la base de consulta a las autoridades competentes del país de origen
6. Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.
7. Justificante del pago de la tasa
8. Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
9. Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
10. Diplomas del Instituto Cervantes
Con estos documentos en tu poder nosotros podemos tramitarte tu nacionalidad española por residencia y obtenerla en tiempo récord.
Consultanos en www.sigmaseisabogados.com
o pide tu cita para iniciar el trámite al tel: 963230872.
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